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No, será tu empresa quien lo refleje en la nómina. Como se recoge en la ley, son servicios con beneficios fiscales que se atribuyen al salario bruto (antes de impuestos) y no al neto (después de impuestos).
Esto no causará ningún perjuicio sobre tu salario, sino al contrario, al ser servicios con exención total o parcial de IRPF tu neto se incrementa.
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