¿Tiene que pagar la empresa las gafas y lentillas a sus empleados? ¿Y el sistema público de Sanidad? Esto es lo que dice la ley
La respuesta rápida es no; la empresa no está obligada por ley a pagar las gafas o lentillas de sus empleados como norma general, aunque es cierto que hay algunas excepciones. Por otro lado, hay un sector de la población que puede beneficiarse de una ayuda del Ministerio de Sanidad para adquirirlas con el Plan Veo. Te lo detallamos todo a continuación.
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¿Está la empresa obligada a pagar gafas o lentillas?
No, la empresa no está obligada por ley a pagar las gafas o lentillas de todos sus empleados.
A principios de 2023 la noticia de que las empresas deberían sufragar el gasto en gafas y lentillas de sus plantillas corrió como la pólvora entre muchos medios de comunicación. Pese a ello, la realidad es bastante diferente. El enfoque de la información no se ajusta del todo a la realidad, ya que una sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señalaba la obligatoriedad de que las organizaciones tuvieran que ayudar a sus equipos a pagar estos elementos correctivos de la visión pero siempre y cuando cumplieran ciertos parámetros, lo que hacen que la medida sea muy restrictiva.
Tal y como ha recogido el Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas, la sentencia del TJUE responde a una cuestión prejudicial presentada por un tribunal de Rumanía que se refiere al caso de un trabajador de la Inspección General de Inmigración del Departamento de Cluj-Napoca de aquel país. Sin embargo, se trata de un hecho que se enmarca exclusivamente dentro de la normativa rumana.
La proyección en España de la Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, referente a las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización y titulado ‘Protección de los ojos y de la vista de los trabajadores’ no ha llegado a desarrollarse del mismo modo que puede ocurrir en otros países miembro, como es el caso de Rumanía.
¿Cuándo debe pagar la empresa las gafas o las lentillas a un empleado o empleada?
Analizando la sentencia del tribunal europeo, la empresa deberá asumir el coste de las gafas graduadas o de las lentillas de aquellos empleados y empleadas que trabajen frente a una pantalla de ordenador y que las necesiten para corregir su agudeza visual.
Pero esto no implica que cualquier persona que necesite lentes correctoras vaya a poder solicitar a su empleador que le sufrague ese gasto. La Directiva europea deja claro que el pago será en forma de reembolso y que nunca se computará como salario, pero para el caso español la trasposición de la norma europea se ha quedado obsoleta a través del Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización, acogiendo en su preámbulo la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Según se detalla en el reglamento europeo, la empresa sólo deberá proporcionar “dispositivos correctores especiales” a los trabajadores si se demuestra que el perjuicio visual se ha producido por el trabajo con pantallas específicas de la empresa.
En este caso, demostrar que el perjuicio visual se ha producido por el trabajo con pantallas es casi imposible, ya que hay otros muchos factores que afectan a la pérdida de visión, como factores congénitos, el uso de otras pantallas de forma lúdica, móviles, televisores, ordenadores personales… En todos los años que lleva vigente la trasposición española no se ha hecho ni una sola reclamación, según apuntan desde el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.
El pago de gafas por convenio colectivo y como beneficio social
Aunque como hemos visto la legislación vigente no obliga a las empresas a reembolsar el gasto en gafas o lentillas, sí es cierto que hay algunos convenios que lo recogen en sus estatutos. Por ejemplo, Unidad Editorial ofrece una ayuda de hasta 300 euros anuales presentando la factura y la prescripción con las dioptrías del trabajador.
De esta manera, existen algunas compañías que sufragan a modo de beneficio el gasto en lentes de contacto total o parcialmente como una retribución que no está vinculada al salario. Esto suele realizarse a través de planes de beneficios que incluyan partidas dedicadas al seguro de salud (tanto en forma de retribución flexible como de beneficio social) con cobertura de óptica. Es una de las vías más habituales y eficaces de cubrir este tipo de necesidades.
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Plan Veo: la ayuda pública de hasta 100€ para gafas y lentillas
En diciembre de 2025 el Ministerio de Sanidad puso en marcha, a través del Real Decreto 902/2025, el llamado Plan Veo. Éste establece las normas que regulan un sistema de ayudas a personas menores de 16 años.
A través del Plan Veo, los y las menores de 16 años podrán adquirir gafas graduadas o lentes de contacto (incluyendo el líquido de mantenimiento necesario para un año) con unas ayudas de hasta 100 euros. Si el coste es menor o igual a esta cifra no tendrá que pagar nada; en caso de que sea mayor, la familia abona la diferencia.
¿Quién puede beneficiarse?
- Niños, niñas y adolescentes de hasta 16 años (inclusive) con un problema de refracción diagnosticado y derecho a la asistencia sanitaria pública.
- También pueden acceder los menores de 16 años con aseguramiento privado a través de las mutualidades MUFACE, MUGEJU e ISFAS.
¿Cómo se solicita?
Se solicita de forma presencial acudiendo a una óptica adherida al plan con la prescripción de un profesional oftalmólogo u óptico-optometrista. La familia acude a la óptica, elige el producto y es el establecimiento quien se encarga de gestionar la ayuda con el Ministerio de Sanidad. La familia no tiene que encargarse de ninguna gestión.
Resultados hasta la fecha
Según datos de La Moncloa, más de 320.000 menores se han beneficiado de estas ayudas, un 55% por encima de las estimaciones del Gobierno. Esto ha hecho que se aumente en 70 millones la financiación. Las gafas graduadas son la opción más elegida.
Por otro lado, según la web oficial del Plan Veo del Ministerio de Sanidad, la ayuda estará disponible para formalizar compras hasta el 31 de diciembre de 2026.
Es importante aclarar el alcance de esta medida: el Plan Veo cubre exclusivamente a menores de edad y no supone ninguna obligación nueva para las empresas ni una cobertura para la población adulta trabajadora.
¿Se pueden deducir las gafas y lentillas en la Renta?
A día de hoy no existe ninguna deducción estatal en el IRPF. Sin embargo, algunas comunidades autónomas sí lo contemplan:
| Comunidad Autónoma | Deducción | Límite | Requisitos destacados |
| Canarias | 12% del gasto (incluye monturas) | 500 € (individual) / 700 € (conjunta) | Sujeta a límites de renta |
| Comunidad Valenciana | 30% del gasto (solo cristales graduados) | 100€ | Pago no en efectivo, factura completa |
| Región de Murcia | 30% del gasto | 100€ | Solo aplicable a menores de 12 años |
En cualquier caso, es imprescindible guardar una factura completa (no sería válido el tique) con los datos fiscales de la óptica y el desglose del concepto. La parte ya cubierta con otras ayudas (como el Plan Veo) o con el seguro médico no son deducibles.
Preguntas frecuentes
¿Tiene que pagarme la empresa las gafas si trabajo con ordenador?
No, salvo que un reconocimiento médico demuestre que el problema visual se ha originado específicamente por el trabajo con pantallas de la empresa. En ese caso, la empresa debe reembolsar el gasto, pero nunca como un complemento salarial general.
¿Qué es el Plan Veo y quién puede solicitarlo?
Es una ayuda del Ministerio de Sanidad de hasta 100 € al año para la compra de gafas o lentillas, dirigida a menores de 16 años con un problema de refracción diagnosticado. Se solicita de forma presencial en ópticas adheridas al plan y está disponible hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Puedo deducir mis gafas en la declaración de la Renta?
A nivel estatal no existe esa deducción. Solo Canarias, la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia (esta última solo para menores de 12 años) contemplan deducciones autonómicas específicas.
¿Puede mi empresa ofrecerme las gafas como beneficio social?
Sí. Aunque no exista obligación legal, muchas empresas cubren este gasto vía convenio colectivo o dentro de su plan de retribución flexible, normalmente asociado a la cobertura de un seguro de salud.
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