
Vacaciones laborales en España: derechos y cálculo
2 Octubre 2025
En España, todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a un mínimo de días de vacaciones por ley. Se trata de vacaciones retribuidas que, según acuerdo con la empresa, pueden variar en número de días y distribución a lo largo de un año.
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Introducción a las vacaciones laborales en España
Las vacaciones retribuidas representan un derecho laboral no sustituible por compensación económica alguna (tampoco por otro tipo de compensación flexible), salvo excepciones, por ejemplo, en caso de extinción de contrato de trabajo que imposibilite el disfrute de las mismas. Además, las vacaciones retribuidas presentan otras especificidades recogidas por la legislación vigente.
Derechos de los trabajadores en vacaciones retribuida
Duración mínima, carácter retribuido, fijación de las fechas, disfrute en situaciones especiales… Existen diversas casuísticas que todo trabajador y trabajadora debe conocer de manos del departamento de RRHH, responsable de aclarar cualquier duda al respecto.
Duración mínima de las vacaciones
El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, no puede ser inferior a treinta días naturales. Así lo establece el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. El equivalente por mes trabajado es de 2,5 días.
Si bien es cierto que el período o períodos de su disfrute se fija de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, y que los convenios colectivos o contratos pueden mejorar esta duración. Eso sí, nunca reducirla.
Derechos adicionales según el convenio colectivo
Las fechas de disfrute de los días de vacaciones por ley se determinan de común acuerdo entre empresa y trabajador, conforme a lo previsto en el convenio colectivo o contrato individual. Estos últimos pueden, de hecho, mejorar los mínimos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores.
Protección de las vacaciones en caso de cambios laborales
Existen situaciones especiales a tener en cuenta en lo que respecta a las vacaciones retribuidas. Por ejemplo:
- Incapacidad temporal: Si un trabajador o trabajadora enferma antes o durante las vacaciones, tiene derecho a disfrutarlas en otro momento, incluso si se ha superado el año natural.
- Maternidad y paternidad: Las vacaciones pueden disfrutarse en fechas distintas al permiso de nacimiento y cuidado del menor.
- ERTE y suspensión de contrato: Durante un ERTE de suspensión no se generan vacaciones, pero sí durante un ERTE que implique la reducción de jornada.
Los días de vacaciones por ley implican que el trabajador o trabajadora percibe la misma remuneración que si estuviera trabajando. Además, este no puede renunciar al derecho a vacaciones retribuidas.
Cómo calcular vacaciones: días de vacaciones por ley
Cuando el empleado o empleada deja la empresa antes de finalizar el año, ya sea por estar sujeto a un contrato temporal, por baja voluntaria, despido, etc., las vacaciones se calculan de forma proporcional.
Fórmula para calcular las vacaciones proporcionales
La fórmula para calcular vacaciones proporcionales cuando el empleado o empleada no ha estado todo el año en la empresa es:
Días de vacaciones = (30/12) x meses trabajados
Si el período trabajado es inferior a un mes, la fórmula toma en cuenta los días trabajados.
Días de vacaciones por antigüedad
La ley no establece incrementos de los días de vacaciones retribuidas por antigüedad, pero muchos convenios colectivos sí contemplan mejoras al respecto.
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Consideraciones especiales para contratos a tiempo parcial
Los días de vacaciones por ley son los mismos para un trabajador o trabajadora a jornada completa que para de uno a tiempo parcial: 30 días naturales al año (o lo que marque el convenio). Lo que varía es la retribución, ya que el salario que se abona durante las vacaciones es proporcional a la jornada contratada.
Otros casos especiales a tener en cuenta son los contratos de prácticas o formación, por ejemplo, que conllevan los mismos derechos que cualquier otro trabajador o trabajadora.
Solicitud y planificación de las vacaciones
Los días de vacaciones por ley pueden solicitarse a conveniencia de las necesidades de los empleados y empleadas en algunas organizaciones. También pueden pedirse reajustes de los ya fijados por calendario. Estas son medidas de flexibilidad en las que ahondan muchas empresas respecto a las vacaciones retribuidas con el fin de mejorar la satisfacción de la plantilla de la mano de mejoras en las posibilidades de conciliación.
Plazos y anticipación requerida
Si bien el calendario de vacaciones se fija en cada empresa de manera interna, el trabajador o trabajadora tiene derecho a conocer las fechas que le corresponden al menos dos meses antes de su disfrute.
Aprobación y coordinación con la empresa
En España, el plazo para solicitar y conocer las vacaciones está regulado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y, en muchos casos, también en los convenios colectivos.
En la práctica, algunos convenios colectivos establecen plazos específicos para solicitar vacaciones, por ejemplo, antes del 31 de marzo o con una antelación mínima de 1 mes. También pueden fijar períodos obligatorios de disfrute, por ejemplo, en verano o en Navidad.
Respecto a la gestión interna, muchas empresas establecen procedimientos específicos tanto para su comunicación como para su solicitud extraordinaria, como formularios ubicados en el portal del trabajador, plataformas de RRHH, correos formales, etc.
Reglamentación legal de las vacaciones
En España, todo lo que concierne a las vacaciones retribuidas está sujeto a legislación específica.
Legislación vigente sobre vacaciones laborales
Las vacaciones retribuidas son un derecho laboral irrenunciable de todos los trabajadores y trabajadoras, reguladas principalmente por el Estatuto de los Trabajadores (ET).También recogen especificaciones al respecto:
- Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, relativas a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo en el marco de la UE.
- Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha influido en casos de enfermedad y disfrute diferido de vacaciones.
- Convenios colectivos sectoriales o de empresa, que pueden establecer condiciones más favorables (más días, reparto flexible, acumulación, etc.).
Ventajas de una política de transparencia en materia de vacaciones
Dar a conocer todos los detalles sobre los días de vacaciones retribuidas es esencial tanto para los talentos como para las empresas, porque este derecho laboral impacta directamente en el éxito de la gestión de personas, en el clima laboral y en el cumplimiento normativo:
- Las vacaciones retribuidas no solo son un derecho irrenunciable, sino que representan una fórmula para garantizar el descanso necesario para preservar la salud física y mental de los trabajadores y trabajadoras, así como un rendimiento adecuado.
- Conocer la duración, la forma de disfrute y las reglas de cálculo evita, además, conflictos laborales, y protege a la empresa frente a sanciones de la Inspección de Trabajo en caso de incumplimiento.
- Se trata de una poderosa herramienta de planificación empresarial, pues facilita la organización de turnos de trabajo, la planificación de cargas en períodos de alta demanda y la prevención ante ausencias inesperadas por mala gestión del calendario.
Por otro lado, las vacaciones retribuidas son un elemento muy valorado en la propuesta empresarial al empleado o empleada. Si además existe una gran transparencia y equidad, permiten evitar un trato desigual y generar confianza en la gestión empresarial.
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